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Artículo

137

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

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Arts. 137-139 CE — Principios generales del Título VIII

137, 138 y 139 no son una jerarquía: municipios, provincias y CCAA tienen autonomía (autogobierno), nunca soberanía — la soberanía nacional reside en el pueblo español (art. 1.2 CE).

Los tres primeros artículos del Título VIII fijan los principios que rigen TODA la organización territorial del Estado — municipios, provincias y Comunidades Autónomas por igual, nunca una jerarquía entre ellos.

137 · Estructura territorial y autonomía

  • 1. El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

MUNICIPIOS → PROVINCIAS → CCAA → AUTONOMÍA ≠ SOBERANÍA

138 · Solidaridad y equilibrio interterritorial

  • 1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
  • 2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

SOLIDARIDAD → EQUILIBRIO ECONÓMICO → HECHO INSULAR → SIN PRIVILEGIOS

139 · Igualdad de derechos y libre circulación

  • 1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
  • 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.

IGUALDAD → LIBRE CIRCULACIÓN → UNIDAD DE MERCADO

Autonomía (137) ≠ soberanía

Municipios, provincias y CCAA gozan de autonomía para gestionar sus propios intereses (autogobierno), no de soberanía: la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado (art. 1.2 CE). Los tres niveles conviven sin relación de jerarquía entre sí.

⚠️ Trampas de examen

  • 137 no es una pirámide: municipio, provincia y CCAA tienen autonomía cada uno para sus propios intereses, ninguno manda sobre el otro.
  • 138.1 cita expresamente el art. 2 CE (solidaridad) — confusión frecuente con el art. 2 que reconoce la autonomía de nacionalidades y regiones dentro de la unidad de la Nación.
  • 139.2 prohíbe obstáculos DIRECTOS o INDIRECTOS a la libre circulación — no solo las barreras explícitas.