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Xunta · Procedimiento administrativo común

Términos y plazos

Norma que estás estudiando

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Artículos de esta unidad

29 · 30 · 31 · 32 · 33

Términos y plazos

Programa: C1 y C2 · Posición oficial: C1 Bloque II, tema 1 · C2 Parte general, tema 7. Fuente primaria: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, texto consolidado oficial del Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2015-10565), actualización de 2026-04-09.

Alcance exacto

Artículos 29, 30, 31, 32 y 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El alcance se limita a los conceptos desarrollados a continuación; el resto del articulado se estudia en las demás unidades del bloque.

Mapa de conceptos verificables

  • Artículo 29 — Obligatoriedad de términos y plazos. Fijar el carácter obligatorio de términos y plazos.
  • Artículo 30 — Cómputo de plazos. Aplicar el cómputo de plazos por horas, días, meses y años.
  • Artículo 31 — Cómputo de plazos en los registros. Distinguir disponibilidad del registro y hábiles a efectos de cómputo.
  • Artículo 32 — Ampliación. Aplicar los límites de la ampliación de plazos.
  • Artículo 33 — Tramitación de urgencia. Aplicar la tramitación de urgencia y su alcance sobre los plazos.

Fichas pedagógicas trazables

Artículo 29 — Obligatoriedad de términos y plazos

  • Objetivo de aprendizaje: Fijar el carácter obligatorio de términos y plazos.
  • Qué establece: Los términos y plazos establecidos en ésta u otras leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos.
  • Sujeto u órgano al que se refiere: Administración e interesados
  • Qué memorizar: Los términos y plazos obligan a las autoridades y personal al servicio de la Administración y también a los interesados.
  • Trampa frecuente de examen: La obligatoriedad es bilateral: el incumplimiento por la Administración no deja el plazo sin efecto para el interesado.

Artículo 30 — Cómputo de plazos

  • Objetivo de aprendizaje: Aplicar el cómputo de plazos por horas, días, meses y años.
  • Qué establece: Salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que éstas son hábiles. Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
  • Sujeto u órgano al que se refiere: Administración competente
  • Qué memorizar: Los plazos por horas son horas hábiles; los expresados en días se entienden hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos; los de meses o años se cuentan de fecha a fecha.
  • Trampa frecuente de examen: Desde 2015 los plazos en días son hábiles y los sábados NO son hábiles; el error clásico es contar el sábado.

Artículo 31 — Cómputo de plazos en los registros

  • Objetivo de aprendizaje: Distinguir disponibilidad del registro y hábiles a efectos de cómputo.
  • Qué establece: Cada Administración Pública publicará los días y el horario en el que deban permanecer abiertas las oficinas que prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos, garantizando el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medios electrónicos.
  • Sujeto u órgano al que se refiere: Cada Administración Pública
  • Qué memorizar: Cada Administración publica su calendario de días inhábiles; el registro electrónico permite la presentación todos los días del año durante las veinticuatro horas.
  • Trampa frecuente de examen: Que el registro esté disponible siempre no convierte en hábil un día inhábil a efectos de cómputo.

Artículo 32 — Ampliación

  • Objetivo de aprendizaje: Aplicar los límites de la ampliación de plazos.
  • Qué establece: La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.
  • Sujeto u órgano al que se refiere: Administración actuante
  • Qué memorizar: La ampliación de plazos no excederá de la mitad del plazo concedido y no cabe si con ello se perjudican derechos de tercero.
  • Trampa frecuente de examen: El límite es la mitad del plazo y no cabe ampliar un plazo ya vencido; contra el acuerdo sobre ampliación no cabe recurso.

Artículo 33 — Tramitación de urgencia

  • Objetivo de aprendizaje: Aplicar la tramitación de urgencia y su alcance sobre los plazos.
  • Qué establece: Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
  • Sujeto u órgano al que se refiere: Órgano competente
  • Qué memorizar: Cabe tramitación de urgencia por acuerdo del órgano, reduciendo a la mitad los plazos del procedimiento ordinario, salvo los de presentación de solicitudes y recursos.
  • Trampa frecuente de examen: La urgencia no reduce los plazos de presentación de solicitudes ni de recursos, y contra el acuerdo que la declara no cabe recurso.

Criterio de dominio

Dominas la unidad si identificas cada concepto por su artículo, reconoces el sujeto al que se refiere, explicas el efecto jurídico y descartas la confusión cercana. Las preguntas históricas se conservan como material histórico: no cuentan para la cobertura V2 ni sustituyen a estas fichas.