OpoGalicia

Artículo

116

Serán causas de inadmisión las siguientes: a) Ser incompetente el órgano administrativo, cuando el competente perteneciera a otra Administración Pública. El recurso deberá remitirse al órgano competente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. b) Carecer de legitimación el recurrente. c) Tratarse de un acto no susceptible de recurso. d) Haber transcurrido el plazo para la interposición del recurso. e) Carecer el recurso manifiestamente de fundamento.

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Estados de alarma, excepción y sitio + suspensión de derechos (art. 55 y 116 CE)

Esquema de los estados de alarma, excepción y sitio del artículo 116 CE (quién declara, plazo, prórroga) y de la suspensión de derechos del artículo 55: suspensión individual (55.2, banda armada/terrorismo: detención 17.2, domicilio 18.2, comunicaciones 18.3) y suspensión colectiva (55.1: catálogo cerrado de 17.2, 18.2, 18.3, 19, 20.1.a, 20.1.d, 20.5, 21, 28.2 y 37.2)

Catálogo cerrado del art. 55.1: ni el art. 20.2 (censura previa) ni el resto de derechos no listados pueden suspenderse nunca, aunque se declare estado de excepción o de sitio.

Disolución de las Cortes (115) y estados de alarma, excepción y sitio (116 CE)

La disolución de las Cortes por el Presidente del Gobierno bajo su exclusiva responsabilidad, sin poder proponerla durante una moción de censura en trámite ni antes de un año desde la anterior disolución salvo el supuesto del art. 99.5 (art. 115); y los estados de alarma —15 días, declarado por el Gobierno, prórroga solo con autorización del Congreso—, excepción —30 días prorrogables a otros 30, con autorización previa del Congreso— y sitio —declarado por mayoría absoluta del Congreso a propuesta exclusiva del Gobierno—, con el funcionamiento de las Cortes nunca interrumpido y la Diputación Permanente asumiendo sus competencias si están disueltas (art. 116), de la Constitución Española

El estado de sitio lo declara el Congreso por mayoría absoluta a propuesta del Gobierno — no lo declara el Gobierno directamente, a diferencia de alarma y excepción.