Título I
De los españoles y los extranjeros
Artículo 11
La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
Artículo 12
Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.
Artículo 13
Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los …
