OpoGalicia

Artículo

12

Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.

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Art. 12 y 13 CE — Mayoría de edad y extranjeros

Esquema de la mayoría de edad a los 18 años (artículo 12) y de los derechos de los extranjeros en España (artículo 13): libertades públicas según tratados y ley, sufragio solo para españoles salvo reciprocidad en elecciones municipales, extradición excluyendo delitos políticos (el terrorismo no lo es) y derecho de asilo regulado por ley, de la Constitución Española

Art. 12: mayoría de edad a los 18 años. Art. 13: libertades, sufragio municipal por reciprocidad, extradición (excluye delitos políticos, no el terrorismo) y asilo.